moratoria de un préstamo

¿Qué es y cómo se pide la moratoria de un préstamo?

La crisis provocada por el COVID-19 ha puesto a prueba a nuestro sistema financiero. De tal manera que muchas personas han pasado por verdaderas dificultades económicas. Se han dado casos de personas que han perdido sus empleo o reducido su actividad, lo cual ha significado la reducción de sus ingresos. ¿Qué hacer si hay deudas con el banco pendientes? Solicitar la moratoria de un préstamo es una fórmula que puede ser de ayuda. Te contamos qué es y cómo se solicita.

¿Qué es la moratoria de un préstamo?

Es una medida que se rige por el Real Decreto Ley 11/2020, de 31 de marzo y que surge como respuesta a la tesitura provocada por el COVID-19. Tiene como objetivo servir de alivio para personas que tengan un préstamo, y gracias al cual pueden obtener 3 meses de descanso. En la moratoria se incluyen tanto préstamos, como cuotas de tarjetas de crédito. Es decir, todo aquello que implique el pago de unos plazos de manera periódica. Suelen acogerse a la moratoria de un préstamo tanto particulares como profesionales de los negocios. La moratoria de un préstamo tiene la ventaja de no devengar intereses.

Cómo puedes acogerte a una moratoria

Para poder acogerte a la moratoria de un préstamo como titular, has de estar en alguna de estas situaciones:

  • Estar o haber estado en situación de desempleo. Si eres profesional, demostrar una perdida de facturación del 40% de los ingresos.
  • Los ingresos de todos los miembros de la unidad familiar no han de superar en el mes anterior a la solicitud de la moratoria; y con carácter general, el límite de 3 veces el IPREM mensual. Como norma general son 1613,32 euros.
  • La cuota del plazo del préstamo, junto con los gastos y suministros básicos. Sea igual o superior al 35 % de los ingresos netos que perciba el conjunto de los miembros de la unidad familiar.

¿Qué hace falta para solicitar la moratoria de un préstamo?

Para solicitar la moratoria de un préstamo hemos de tener preparados los siguientes documentos que acrediten nuestras dificultades.

Personas en situación de desempleo: certificado de la entidad de prestaciones. En el que figure el total mensual percibido en concepto de prestaciones o subsidios por desempleo.

Trabajadores autónomos: certificado expedido por AEAT o el órgano competente de la comunidad autónoma correspondiente. Sobre la base de la declaración de cese de actividad declarada por el interesado.

En el caso de grupos familiares, hay que demostrar el número de personas que componen en grupo familiar

  • Libro de familia o documento acreditativo de pareja de hecho.
  • Certificado de empadronamiento.
  • Declaración de discapacidad de dependencia, o de incapacidad permanente.

Otros aspectos a tener en cuenta

  • Cualquier entidad bancaria ha de ofrecer la posibilidad de moratoria.
  • Si el cliente presenta adecuadamente la solicitud y la documentación y cumple con los requisitos. La moratoria se aplica sin necesidad de esperar ninguna aprobación.
  • Si no cumples los requisitos para poder aplicar la moratoria; pero estás pasando por dificultades económicas a la hora de abonar tus pagos. Siempre tienes la posibilidad de acordar con tu entidad bancaria algún tipo de medida para poder facilitar los abonos. Por ejemplo, un periodo de carencia, en el que no se paga nada o solo una parte durante un tiempo, o alargar los plazos y poder reducir la cuota. Nunca dejes de pagar, hay alternativas para que no te veas en una lista de morosos.

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