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Cancelar un préstamo: lo que dice la ley

Gran parte de personas utilizan los préstamos personales para diversas razones. Desde salir de una delicada situación, a adquirir un bien o realizar el viaje soñado. Cancelar un préstamo es un proceso posible y muy recomendable, ya que nos permite liberarnos de una carga. En este artículo proporcionamos las claves para que cancelar tu préstamo sea algo sencillo y rápido de hacer.

¿Qué es cancelar un préstamo?

Es devolver al banco o entidad financiera el capital total que queda por amortizar. Realizarlo supone dejar de pagar el resto de letras pendientes y considerar esa deuda como liquidada en su totalidad. Una vez hecho, no se te puede reclamar nada ni habrás de abonar ningún tipo de tasa. Ahora bien, es importante que conozcas algunos detalles importantes a la hora de cancelar tu préstamo de manera total.

¿Qué dice la ley?

En primer lugar, es interesante saber qué legislación es la que nos ampara. En el caso español, se trata de la Ley 16/2011, de 24 de junio, que es la que regula los contratos de crédito al consumo. Esta ley es la derivación nacional de una normativa europea, concretamente la  2008/48/CE, de aplicación comunitaria. Con ello se pretende conseguir un marco regulatorio que protege a los ciudadanos europeos por igual.

La ley es además muy detallada, tanto en las condiciones de contratación como en las propias de cancelación que nos ocupan. Como consumidor, tienes total derecho a estar informado en todo momento de las condiciones que suponen poner fin de manera anticipada a ese préstamo.

Lo que cuesta cancelar un préstamo anticipadamente

Los costes son claros: un 1 por ciento si te queda más de un año de préstamo, o un 0,5 por ciento si el tiempo es menor. Es tal y como viene recogido en el artículo 30 de la Ley 16/2011 de contratos de créditos al consumo. Aparte de esto, no debe haber ningún tipo de coste añadido por cancelar un préstamo. Aun así, hay entidades financieras que ofrecen préstamos con cancelación anticipada gratuita. ¿Quieres saber cuáles? Lo mejor es pasarse por nuestro comparador y estudiar las mejores opciones.

Por lo demás, es interesante saber 3 pequeños consejos útiles si nos asaltan las dudas sobre la cancelación de un préstamo:

  • Es un proceso que puedes realizar tú mismo. Bastará con acceder al área personal de tu banca on line o de tu entidad crediticia y buscar la opción de solicitar cancelación. Si no la encuentras, podrás llamar telefónicamente e informarte. Por regla general, no se trata de un proceso para el que haya que acudir a ninguna oficina bancaria. Es, igualmente, un proceso automático o que se ejecuta en pocas horas.
  • Cancelar un préstamo siempre sale rentable. A no ser que el interés sea del 0 por ciento y tengamos una letra cómoda. Liberarse de un préstamo personal supone siempre un ahorro. Los intereses se esfuman de golpe, lo que permite una importante ventaja.
  • Siempre puedes hacerlo. La entidad financiera no puede obligarte a pagar todo el préstamo en los tiempos establecidos a la hora de la firma. Cancelarlo por pago anticipado es siempre una posibilidad.
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¿Y cancelar un préstamo antes de empezar a pagar?

Es una circunstancia perfectamente viable. Has solicitado tu préstamo, pero por alguna razón deseas cancelarlo totalmente antes de comenzar a pagar. La ley te ampara, de hecho es algo que viene recogido en el artículo 28 de la Ley publicada en el BOE el 25 de junio de 2011. Dispones de 14 días naturales desde la firma del contrato para ejercer tu derecho de desistimiento. Para ello ponte en contacto lo antes posible con la entidad prestamista, deberás presentar tu solicitud por escrito y no habrás de pagar ningún gasto adicional por acogerse a este derecho.

Ahora que sabes más sobre cómo cancelar un préstamo, no dejes de plantearlo como posibilidad si has conseguido ahorrar algo de dinero. El ahorro en intereses y la liberación que supone dejar una deuda atrás es siempre la mejor de las recompensas.

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